
Ayer el ministro del interior anunció una serie de medidas que contemplará la futura Ley de Seguridad privada y que irán dirigidas a regular la actividad de los detectives privados.
Entre las medidas que ha anunciado el ministro estaría la obligación de «velar por la legitimidad del encargo de investigación, la formalización por escrito del contrato o la inscripción de la investigación en un libro registro a disposición de las fuerzas de seguridad del Estado».
Si analizamos cada una de las medidas anteriores, en principio no parecen suponer ningún problema, ya que son aspectos que ya se contemplan a día de hoy y que ponen en práctica la mayor parte de detectives.
En primer lugar, los detectives tenemos la obligación de registrar en un Libro Registro cada uno de los asuntos que entran en el despacho que, por supuesto, está a disposición del cuerpo Nacional de Policía cuando éste realiza las inspecciones pertinentes; y en el caso de que tengamos conocimiento de la ejecución de algún tipo de delito, tenemos la obligación de comunicarlo a la autoridad competente y remitirles toda la documentación disponible.
Respecto al hecho de velar por la legitimidad del encargo de la investigación, es algo que también se viene haciendo desde hace mucho tiempo si queremos que nuestras investigaciones sean legales y no sean impugnadas en un posible proceso judicial. Además, el cliente declara expresamente tener interés legítimo en el encargo solicitado cuando éste firma el contrato de investigación, aspecto que nos lleva a la otra de las medidas anunciadas.
Es habitual que los detectives privados firmen conjuntamente con su cliente un contrato de servicio donde se les autoriza expresamente a realizar la investigación solicitada. Como ya he adelantado anteriormente, en este contrato el cliente declara expresamente tener interés legítimo en la investigación. Concretamente, en nuestros despachos también incluimos una serie de clausulas sobre el compromiso de no faltar a la verdad, ética ni al secreto profesional, además de especificar que la investigación siempre se realizará en el marco de la legalidad. Asimismo, se incluyen clausulas sobre honorarios, formas de pago, protección de datos, etc. En definitiva, la firma de un contrato de investigación supone una garantía para ambas partes: detective y cliente.
La novedad, y es lo que realmente nos preocupa, es que una de las medidas planteadas es el hecho de que “los detectives privados deban realizar un informe de investigación por cada encargo, que deberán poner a disposición de las fuerzas de seguridad y de la autoridad judicial”.
Generalmente, los detectives privados realizamos un informe donde se recoge por escrito los resultados de una investigación. Este informe tiene rango de prueba si se presenta en un proceso judicial. Habrá que esperar a ver en qué contexto se nos pide que se haga efectiva esta medida anunciada por el ministro. Si es el hecho de realizar un informe por cada investigación y guardarlo en su expediente por si es requerido por la autoridad competente, pues bueno, vale, podría pasar. Si por el contrario, lo que se pretende es remitir cada uno de los informes a la policía cada vez que se haga una investigación, en mi opinión sería ejercer un control excesivo de las actividades de los detectives, por no mencionar el hecho de que podría entrar en conflicto con la Ley de Protección de Datos.
De llevarse a cabo esta medida sería presuponer de antemano que todos los detectives son corruptos o llevan a cabo malas prácticas.